27 Jun 2024 Consulta Pública “Requisitos Sísmicos de Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión”
Por Marcela Aravena, ingeniero estructural, directora AICE y asesora para CNE en el proceso normativo del ATRS.
El 12 de junio de 2024, la Comisión Nacional de Energía (CNE) inició el proceso de Consulta Pública del “Anexo Técnico de Requisitos Sísmicos para Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión” (ATRS), documento que forma parte de la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio (NTSyCS), por lo que tiene carácter de obligatorio para “los Equipos Eléctricos, las estructuras, las fundaciones y las obras civiles correspondientes a las líneas y subestaciones eléctricas que conforman las instalaciones eléctricas del Sistema de Transmisión en Corriente Alterna, incluyendo a las subestaciones eléctricas elevadoras de las centrales de generación que se conectan al Sistema Eléctrico Nacional” y deben ser considerados por todos los “actores” del sistema, es decir, Proveedores, Diseñadores, Revisores, Contratistas, Propietarios y Coordinador Eléctrico Nacional.
Como estas instalaciones son eléctricas, los requisitos sísmicos se enfocaban principalmente en los equipos eléctricos, definiendo requisitos muy mínimos para las estructuras de soporte y fundaciones de esos equipos. El terremoto del 2010 vino a demostrar la necesidad de definir requisitos sísmicos pensando en la Instalación como un todo y no solo en sus componentes individuales.
Este anexo define requisitos integrados y actualizados que tienen como objetivo cumplir con el objetivo primordial de la NTSyCS y que es Disponibilidad de Operación de la Instalación: esto corresponde a considerar daños mínimos de modo que permitan la operación de la instalación y además que su reparación se realice con la instalación energizada.
Uno de los temas destacables de este ATRS es que los requisitos de diseño de los equipos, sistemas de anclaje, estructuras, OO.CC, etc. se han definido de modo que permitan seguir haciendo diseños independientes, pero definiendo los límites de responsabilidad de uno u otro Diseñador de modo que no existan “zonas en el limbo”.
Otros dos temas destacables de este ATRS son la definición de responsabilidades para cada uno de los “actores” del sistema y la exigencia del “Revisor Sísmico Independiente” para validar los diseños de cada tipo de elemento y no solo de los equipos eléctricos como era anteriormente.
Varios colegas se estarán preguntando ¿por qué la NTSyCS y no la norma NCh2369 (u otra norma INN)? La razón es que, por Ley, la responsabilidad de los requisitos de diseño, calidad y seguridad de las instalaciones eléctricas (eléctricos, mecánicos, estructurales, sísmicos, sistémicos, etc.) son definidos por los organismos técnicos pertenecientes al Ministerio de Energía, tales como la CNE y la SEC, por lo que son estos organismos los que convocan a las empresas y profesionales del sector a la elaboración, revisión y/o actualización de los requisitos de diseño.
Los invito a participar de este proceso, el cual termina el 22 de julio: https://www.cne.cl/normativas/electrica/consulta-publica/